Después de varias modificaciones la Ley General para la Regulación del Cannabis regresa al Senado para análisis
Ciudad de México, México, 12 de marzo del 2021.-Con 250 votos a favor, 163 contra y 14 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la Ley General para la Regulación del Cannabis y la devolvió al Senado para el análisis y eventual ratificación de los cambios al proyecto.
Entre algunas modificaciones están la propuesta por Morena a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal para imponer una multa de 80 a 300 días (de 7 mil 169 a 26 mil 886 pesos), además de la pena ya prevista de tres a siete años de prisión, a quien posea para comercialización o suministro más de 5.6 kilogramos de mariguana.
Aumenta asimismo las sanciones hasta en una mitad cuando la víctima sea una persona menor de edad o con discapacidad.
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó asimismo un cambio propuesto por el grupo parlamentario del PRI para dejar a la Secretaría de Agricultura la facultad exclusiva de emitir licencias relativas al aprovechamiento industrial del cáñamo, sin necesidad de opinión vinculante de la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic).
A iniciativa de Morena, los diputados federales admitieron también una reserva para prohibir la conversión de tierras con vocación forestal a cultivos de mariguana.
La fracción morenista presentó igualmente dos propuestas de cambio a la Ley General para Regulación del Cannabis con el propósito de modificar el concepto de “consumo abusivo” por el de “consumo problemático” de cannabis, a fin de evitar la estigmatización.
En sesión semipresencial, la Cámara de Diputados avaló igualmente una proposición del PRD para proteger el derecho de las personas a elegir libre y autónomamente cómo vivir su vida, sin ser criminalizados por el consumo del cannabis.
Finalmente se precisó en el decreto que el incumplimiento a las disposiciones de la nueva ley se sancionará administrativamente conforme a las leyes General de Salud, Federal de Sanidad Vegetal, Federal de Variedades Vegetales, de Desarrollo Rural y de Equilibrio Ecológico.
La Ley Federal para la Regulación del Cannabis prevé despenalizar la posesión de hasta 28 gramos de cannabis para consumo personal y autorizar el cultivo de hasta seis plantas en casa para autoconsumo o hasta ocho cuando en la vivienda resida más de un consumidor.
Con cambios de forma y de fondo al proyecto del Senado de la República, el nuevo ordenamiento avalado en el Palacio de San Lázaro cancela la creación del Instituto Mexicano de la Cannabis y deja al Consejo Nacional contra las Adicciones (Conadic) como órgano rector de la cadena productiva y consumo de mariguana.
Entre las facultades del Conadic estaría la de autorizar y revocar las licencias de producción, distribución, comercialización y venta final de la mariguana. El ordenamiento reconoce el derecho de las personas mayores de 18 años a consumir cannabis psicoactivo con fines recreativos, siempre y cuando el consumo se realice sin afectar a terceros, especialmente a menores de edad.
Considera asimismo la posibilidad de constituir asociaciones de cannabis para cultivar y poseer hasta cuatro plantas por socio, sin exceder de 50 en total, para consumo con fines lúdicos.
El nuevo ordenamiento prohíbe expresamente el consumo de cannabis y sus derivados por personas menores de dieciocho años, así como en áreas de trabajo o instalaciones escolares públicas o privadas, cualquiera que sea el nivel educativo. Impide también la venta de cannabis o sus derivados por medio de máquinas de autoservicio, correo, teléfono, internet o cualquier otro medio de venta no personalizado.
Yucatán Independiente